jueves, 23 de julio de 2026

La degradación institucional del Poder Judicial en España

Cuando se afirma una degradación institucional del Poder Judicial en España, no se habla de una falta absoluta de leyes, sino de la quiebra de la separación de poderes, el uso instrumental de la justicia para fines partidistas y la existencia de una judicatura que actúa como un actor político autónomo volcado en preservar un determinado statu quo conservador.

No comento anécdotas aisladas, sino patrones de actuación de forma recurrente. 

1. El ejemplo más sistémico de degradación institucional fue el bloqueo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), caducado durante más de cinco años debido al boicot sistemático del Partido Popular para no perder la mayoría conservadora. Un partido de la oposición secuestra un órgano constitucional para seguir controlando, mediante un mandato caducado, la cúpula judicial (Tribunal Supremo, Audiencias Provinciales) y asegurar nombramientos afines.

Es un prueba irrefutable de la subordinación de la temporalidad constitucional a la conveniencia táctica del bloque conservador.

2. Otro ejemplo es el uso de los tribunales como arma de desgaste político contra líderes o partidos progresistas mediante causas que se prolongan en el tiempo, se filtran a los medios y finalmente se archivan sin pruebas, pero habiendo cobrado ya su "peaje electoral". Pongo cuatro casos paradigmáticos:

-El caso del juez Alba contra Victoria Rosell es el ejemplo más incontrovertible de corrupción judicial demostrada. El juez Alba conspiró y fabricó pruebas falsas para apartar de la carrera política y judicial a la entonces diputada de Podemos, Victoria Rosell. Alba acabó condenado a prisión, pero el objetivo político de desgastar a la izquierda en Canarias se cumplió.

-Las querellas contra la cúpula de Podemos, con decenas de causas abiertas (Caso Neurona, Caso Informe PISA, financiaciones irregulares alegadas por la extrema derecha) que coparon portadas durante años y que sistemáticamente terminaron en archivo por falta absoluta de indicios.

-El caso Mónica Oltra, en que la imputación y posterior dimisión de la vicepresidenta de la Generalitat Valenciana por el supuesto encubrimiento de abusos, causa en la que el propio juez instructor terminó reconociendo que no existía "ningún indicio" tras haber conseguido su apartamiento de la política.

-La investigación a Begoña Gómez, en que la apertura de diligencias basadas exclusivamente en recortes de prensa y bulos difundidos por el sindicato de extrema derecha Manos Limpias, prolongando la instrucción en periodo electoral a pesar de los informes de la Guardia Civil (UCO) que descartaban irregularidades. El caso del Fiscal General, el de David Sánchez o el trato dispensado a Aldama permitiéndole quedarse lo robado y sin tener que ingresar en prisión, son paradigmáticos de como puede actuarse.

3. El papel de la alta magistratura como un "poder corrector" del Poder Legislativo cuando las leyes aprobadas en el Congreso de los Diputados no son de su agrado ideológico.

-El veto práctico a la Ley de Amnistía: La interpretación por parte de sectores del Tribunal Supremo del delito de malversación para declarar inaplicable la ley aprobada por la mayoría parlamentaria, argumentando que los líderes independentistas obtuvieron un "beneficio personal" o afectaron a los intereses financieros de la UE. Desde el derecho comparado y la ciencia política, esto se percibe como activismo judicial contra el legislador.

-La huelga y proclamas ideológicas desatadas: Las manifestaciones públicas de asociaciones judiciales mayoritarias (de corte conservador) e incluso de magistrados en activo valorando iniciativas legislativas en trámite, rompiendo el deber de neutralidad constitucional.

-Las menos del 0,2% de las denuncias y quejas presentadas que acaben en algún tipo de sanción o corrección al autor de una vulneración del amrco de actuación que les es propio.

4. Asimetría penal y persecución de la disidencia. La aplicación hiperbólica del Código Penal cuando los investigados pertenecen a movimientos sociales, al independentismo o a la izquierda, en contraste con la benevolencia hacia casos de corrupción o abusos institucionalizados.

-Criminalización de la libertad de expresión: La condena a prisión de raperos (Pablo Hasél, Valtònyc) o la persecución de tuiteros y titiriteros bajo el paraguas de los delitos de "enaltecimiento del terrorismo" o "injurias a la Corona".

-Imputaciones por terrorismo a movimientos civiles: La causa de Tsunami Democràtic instruida en la Audiencia Nacional, donde se intentó encajar la protesta ciudadana pacífica o los bloqueos de carreteras en el tipo penal de terrorismo para evitar la amnistía.

La pregunta que debemos hacernos es ¿Por qué ocurre esto? Este fenómeno no es casual y detrás de ello, a mi entender hay dos causas. La primera es la inercia del aparato del Estado, puesto que, aunque la transición democrática en España democratizó las instituciones políticas, lo cierto es que apenas alteró los cuerpos superiores de la administración pública, incluida la judicatura, caracterizada por sesgos endogámicos y conservadores. La segunda es el acceso a la carrera judicial, un sistema que tiene un modelo basado en la memorización exhaustiva que favorece a clases medias-altas que pueden permitirse opositar durante años sin ingresos, alejando la composición de la judicatura de la diversidad sociológica del país.

El Poder Judicial obtiene su legitimidad del pueblo según el Art. 117 de la Constitución Española: "La justicia emana del pueblo". Cuando la ciudadanía deja de percibir a los tribunales como garantes de sus derechos y los ve como un actor partidista, el sistema pierde su autoridad moral. Exigir una justicia democratizada no es atacar a la justicia, es rescatarla de quienes la convierten en un instrumento partidista. Y que sea el propio poder judicial el que contribuye a su descredito, es un autentico suicidio social.



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