martes, 15 de julio de 2025

El T. Supremo archiva la petición de investigar a Bolaños


La reciente decisión del Tribunal Supremo de archivar la petición del juez J Peinado para investigar a Bolaños, actual ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha generado comentarios y análisis tanto en el ámbito jurídico cómo en el político. 

Resumiendo los hechos, el juez Ju Peinado, instructor del caso que afronta Begoña Gómez –esposa del presidente del Gobierno–, elevó el pasado 23 de junio una exposición razonada solicitando investigar a Bolaños por presuntos delitos de malversación, en calidad de coautor, y por un supuesto falso testimonio, por su declaración como testigo en la causa. El foco lo ponía en el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora en 2018, porque el juez estrella Peinado sospechaba que fue contratada con fondos públicos, pero sus funciones correspondían supuestamente al ámbito "estrictamente privado" en atención a Begoña Gómez.

Para la actuación del juez, jurídicamente existe una evidente insuficiencia de indicios, y por eso la Sala de lo Penal del Supremo ha acordado el archivo de la exposición razonada, al no advertir una imputación de delito suficientemente individualizada contra Bolaños, ni un respaldo indiciario que permitiera incoar causa penal. También la sala aplica el llamado “principio de mínima intervención penal” y el Supremo recuerda que la apertura de un proceso penal exige la existencia de indicios sólidos y concretos de criminalidad, y no meras sospechas genéricas. Nuestra jurisprudencia es muy clara y siempre exige que cualquier imputación sea detallada y personalizada, evitando persecuciones generales y garantizando los derechos fundamentales del investigado.

Este caso pone de relieve la necesidad de que existan pruebas claras para investigar penalmente a una autoridad, y exige un nivel indiciario elevado y garantías reforzadas, particularmente en delitos de malversación y falso testimonio, donde la carga de la prueba es determinante. En segundo lugar que un funcionario tiene derecho de  protección contra investigaciones arbitrarias, y el archivo dictado por el Supremo protege al funcionario de investigaciones basadas en hechos no suficientemente individualizados, lo cual es esencial para la preservación del Estado de derecho. Y tercero que existe una separación entre función pública y esfera privada y el debate abierto sobre la contratación de asesores y sus funciones subraya la importancia de deslindar con claridad los límites entre tareas públicas y privadas, algo que debe estar debidamente documentado en la función pública. Los caprichos del juez han quedado en lo que son, caprichos.

Por tanto, la decisión del Supremo de archivar la petición contra Bolaños refuerza la importancia que nuestro estado de derecho da a que sea un proceso penal garantista y que se dé el cumplimiento estricto de los requisitos legales para la apertura de cualquier diligencia penal, especialmente cuando se trata de funcionarios de alto nivel. Solo la existencia de indicios razonables, sólidos y personalizados puede justificar una investigación penal, tal y como exige nuestro marco constitucional y legal.

Parece que también hay jueces que saben lo que hacen, que no todos son peinados.

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