sábado, 28 de junio de 2025

La Ley de Amnistía


No hay medio de comunicación que hoy no aporte alguna opinión sobre la Ley de Amnistía y el aval del Tribunal Constitucional. Lógicamente todos con su sesgo ideológico, respetable en la medida en que sea respetuoso, lo que no es en todos los casos.
La reciente aprobación de la Ley de Amnistía ha marcado un antes y un después en la política española, especialmente en lo que respecta a la pacificación y normalización institucional en Cataluña. La norma, refrendada tanto por el Parlamento como por el Tribunal Constitucional, por mucho que sus detractores lo nieguen, representa un ejercicio democrático y una apuesta decidida por la convivencia, frente a la estrategia de confrontación y bloqueo que ha caracterizado tradicionalmente a la derecha política en España.
Parece cómo si está Ley hubiese surgido de la nada o que alguien la llevaba escondida debajo del refajo. La Ley de Amnistía no responde únicamente a intereses partidistas, como insisten en afirmar sus detractores. Al contrario, es el resultado de un proceso político y jurídico que busca resolver una situación excepcional: la profunda fractura social y política vivida en Cataluña tras el Procés. El propio Tribunal Constitucional ha reconocido ayer que la ley responde a “circunstancias excepcionales que el ordenamiento jurídico no puede resolver con los instrumentos ordinarios” y que la crisis constitucional generada por el desafío independentista supuso una amenaza real para la convivencia y la estabilidad política, no solo en Cataluña, sino en toda España. Eso en ningún momento se niega, aunque algunos editoriales lo dan por hecho antes de ser escritos.
La amnistía, lejos de ser una “autoamnistía” o un privilegio para unos pocos, ha sido debatida y aprobada por el Parlamento, donde los representantes actúan con libertad de mandato y en representación de todo el electorado. El Constitucional ha dejado claro que “una ley debatida y aprobada por el Parlamento de un Estado democrático de derecho que contempla la extinción de la responsabilidad criminal por amnistía no puede calificarse de autoamnistía, propia de sistemas políticos autoritarios”.
Además, la ley no supone un retroceso en el Estado de derecho ni una injerencia en la independencia judicial. El tribunal ha sido rotundo: “No es posible siquiera apreciar en la ley de amnistía la finalidad de crítica o censura al Poder Judicial” y no existe ningún elemento que implique presión o influencia externa sobre los jueces.
En este Estado de derecho, el órgano encargado de determinar si una ley se ajusta a la Constitución es, precisamente, el Tribunal Constitucional. Este tribunal ha analizado el texto de la Ley de Amnistía, no las intenciones políticas de quienes la promovieron, y ha concluido que la norma tiene encaje en la Constitución. Su misión es juzgar la ley y su contenido, no los pactos políticos que hayan podido motivarla. Así, se garantiza que el debate democrático y la aprobación parlamentaria estén sujetos al control constitucional, y no a las presiones o intereses de partidos que, históricamente, han utilizado el recurso de inconstitucionalidad como arma política.
La oposición de la derecha, encabezada por el PP, a la Ley de Amnistía no es nueva ni responde a un análisis jurídico riguroso, sino a una estrategia política de confrontación. Ya en el pasado, que no se olvide, el PP recurrió el Estatuto de Autonomía de Cataluña pese a haber sido aprobado por una amplia mayoría parlamentaria y refrendado por la ciudadanía catalana, lo que desembocó en una sentencia que desautorizó el pacto entre el Parlament de Catalunya y las Cortes Generales y desconoció el resultado del referéndum. Aquella decisión (los polvos) lejos de resolver el conflicto, lo agravó y alimentó el independentismo y la desafección en Cataluña (los lodos).
Hoy, la derecha vuelve a utilizar los mismos argumentos falaces y alarmistas, como el de la “autoamnistía” o la supuesta ilegalidad de la ley, incluso después de que el Tribunal Constitucional haya avalado su constitucionalidad. Esta actitud no busca el interés general ni la convivencia, sino perpetuar la crispación y obtener rédito electoral a costa de la estabilidad democrática.
Feijoo puede patalear todo lo que le apetezca, es libre de hacerlo, sus adláteres también. Pero eso no va a impedir que la Ley de Amnistía sea, ante todo, una herramienta de reconciliación y de superación de una etapa de enfrentamiento. Su aprobación y validación por el Tribunal Constitucional demuestran que las instituciones democráticas funcionan y que el camino del diálogo y la negociación es el único que garantiza la convivencia y el progreso. Frente a la política de “victorias absolutas” y exclusión que propone la derecha, la amnistía abre la puerta a una nueva etapa de estabilidad y respeto mutuo. La suerte está echada: la ley debe aplicarse, y la sociedad española tiene la oportunidad de avanzar hacia una democracia más madura e inclusiva.
Si no se hace así, respóndanse ustedes mismos las siguientes cuestiones:
Primera ¿Pueden los jueces del Tribunal Supremo saltarse la Leyes aprobadas por el Congreso? La respuesta es no, pero quieren hacerlo.
Segunda. Como servidores públicos los magistrados del Tribunal Supremo ¿Están sujetos al cumplimiento de las Leyes aprobadas por él Congreso de los Diputados? La respuesta es si, aunque parece que no. Si ellos están por encima del Parlamento, están vulnerando la Constitución.
Y un último aspecto. El legislador no se puede olvidar de que fueron millones de catalanes los que apoyaron aquel referéndum, y que la Ley de Amnistía hoy les está reconociendo su derecho cómo ciudadanos a manifestar libremente su opinión, que el PP recurrió porque no la respetó, cómo ha recurrido una ley aprobada por el Parlamento, porque tampoco respeta sus decisiones al no tener mayoría en el mismo.
Buen finde

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